martes, 23 de mayo de 2017

Intimación Extrajudicial (Pagares)

Ciudad del Este,   de  Agosto del 2.014.-


SEÑOR
ROBERTO xxxxxxxxxxxxx   
DOMICILIO: Km. 11 Monday
P R E S E N T E:

                            INTIMOLE plazo de 48 horas, a fin de que pase por nuestro Estudio Jurídico sito en la Calle xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx de Ciudad del Este  ¨Estudio Jurídico ¨, a fin de regularizar una deuda valor total guaraníes DOCE MILLONES CUATROCIENTOS MIL (12.400.000 Gs.) conforme obra en este Estudio Jurídico  (Un Pagare), dicho Pagare fue entregado a
nuestra Oficina por el señor FRANCISCO XXXXXXXXXXXXXXXXXXX directamente para iniciar demanda en el Área Civil y Comercial, aclarando que dicho Pagare está vencido y exigible su cobro vía Judicial conforme a la Ley.-

                   Es regla de este Estudio Jurídico convocar o intimar extrajudicialmente a la persona para llegar a un acuerdo, y así llegar a una solución amigable, a fin de evitar recargos innecesarios.---------

                   Caso contrario, cumplido dichos plazos estaremos iniciando las acciones Judiciales correspondientes ante los órganos Civiles Y comerciales para el cobro compulsivo de dicha deuda (juicio ejecutivo, Embargos de bienes o Salarios), y las costas correspondientes de la demanda dentro del plazo de Ley.-------------------------------------------------

                            Queda Ud. debidamente notificado.-






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