viernes, 10 de agosto de 2018

SOLICITAR MEDIDA CAUTELAR DE URGENCIA

OBJETO: SOLICITAR MEDIDA CAUTELAR DE URGENCIA.-

SEÑOR JUEZ:

                        XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, por derecho propio y bajo patrocinio de profesional, con domicilio en la casa de la calle XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, constituyendo domicilio procesal en la secretaría del juzgado, al dignísimo cargo de V.S., me presento y muy respetuosamente digo:------
                           Que, por el presente escrito, atento a lo estipulado en los Arts. 691, 692 y, principalmente, el 693, del C.P.C., que expresa textualmente: “Quien solicite una medida cautelar deberá, según la naturaleza de ella: a) acreditar prima facie la verosimilitud del derecho que invoca;
b) acreditar el peligro de pérdida o frustración de su derecho o la urgencia de la adopción de la medida según las circunstancias del caso; y c) otorgar contra cautela para responder de todas las costas y de los daños y perjuicios que pudiere ocasionar si la hubiese pedido sin derecho, salvo aquellos casos en que no se la requiera por la naturaleza de la medida solicitada”, vengo a solicitar Medida Cautelar De Urgencia (secuestro de rodado) del rodado individualizado como: Automóvil, Marca Hyunday,
Modelo Getz, Año de Fabricación 0000000, Color 0000000, con Chasis Nº 000000000000000,
Matrícula XXX 000, en poder del Sr. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, con Cédula de Identidad Civil Nº 0000000, con domicilio en la casa de la calle XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, o en cualquier otro lugar de la República en el que se encuentre el mismo o en poder de quién se encuentre, y lo hago en base a las siguientes consideraciones que a continuación paso a detallar:------
Por contrato privado de compra venta, celebrado en fecha 00 de 0000 del año 00000, entre mi persona y el hoy accionado, he cedido a su favor el bien litigioso. El valor de venta fue fijado en la suma de GUARANÍES VEINTE  (Gs. 20.000.000), según la Cláusula Tercera del presente contrato, que textualmente transcripta expresa: “TERCERA: El precio total de la obra es de GUARANÍES VEINTE MILLONES (Gs. 20.000.000) LO CUAL INCLUYE MANO DE OBRA Y
MATERIALES…”.-----------------------------
Se estipula claramente, en la Cláusula Cuarta, que la falta de cumplimiento, me dá derecho a solicitar sanciones legales correspondientes, pues se contempla textualmente: “El plazo de entrega es de 45 días hábiles y se considera prorrogable de acuerdo a factores como el mal tiempo o falta de provisión de cemento como también de factores no imputables al constructor, en ese
caso, de común acuerdo, caso contrario sería pasible de sanción por parte del contratante”.--------

El bien litigioso ha sido entregado como parte de pago de una construcción, por lo que me he visto burlada de la misma y, además, del valor del rodado que he entregado con la mayor predisposición y buena fe al hoy accionado.---
He sido despojada de un bien de alto valor, ya que soy una sacrificada comerciante que se gana la vida trabando de sol a sol, por lo que la actitud del demandado me ha producido un gran desgaste y un perjuicio económico significativo. Esto sin dejar de mencionar que el vehículo, al ser utilizado diariamente y siendo el recupero la única forma de resarcir, al menos en parte el daño causado, se deteriora y, en consecuencia, su valor de venta baja en forma estrepitosa.----

He realizado exhaustivas gestiones a fin de proceder al cobro de dicho monto, por todas las vías posibles, sin que hasta la fecha haya obtenido respuesta positiva. A ello se suma el hecho de que el bien individualizado se encuentra con paradero desconocido, por lo que se demuestra que la accionada no tiene la mínima intención de abonar la deuda.-----
A fin de evitar la el deterioro, la pérdida o que el Sr. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, transfiera el objeto litigioso a otra persona (realizando de este modo una estafa, puesto que el contrato suscripto entre mi parte y el demandado no ha sido perfeccionado), no tengo otra alternativa que recurrir a la instancia jurisdiccional correspondiente a fin de salvaguardar mis intereses y la de terceros, y con posterioridad iniciar las acciones legales correspondientes en primera instancia.---
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Por ello es menester contar con algún mecanismo que garantice mínimamente el pago de la deuda reclamada al hoy accionado, y también a fin de evitar el deterioro de dicho rodado. En ese sentido, el Art. 700, del C.P.C., establece textualmente: “Se producirá la caducidad de pleno derecho de las medidas cautelares que se hubiere ordenado y hecho efectivas antes del proceso, si, tratándose de obligación exigible, no se interpusiere la demanda dentro de los diez días, siguientes al de su traba. Las costas y los daños y perjuicios causados serán a cargo de quien hubiese obtenido la medida, y ésta no podrá proponerse nuevamente por la misma causa”, en concordancia con el Art. 721, del mismo cuerpo legal, que preceptúa: “Procederá el secuestro de los bienes muebles o semovientes objeto del juicio, siempre que sea necesario proveer a su guarda o conservación para asegurar el resultado de la sentencia definitiva. Procederá, asimismo, cuando el embargo no asegurare por sí sólo el derecho invocado por el solicitante”.-----
Asimismo, y en ese mismo sentido, el Art. 691, del ritual, preceptúa: “Las medidas cautelares podrán ser solicitadas antes o después de deducida la demanda, a menos que de la ley resultare que ésta deba entablarse previamente”, por lo que la medida solicitada está ampliamente justificada.------------
En base a las breves consideraciones vertidas en el presente escrito, solicito a V.S. se sirva proveer el siguiente:--------------------------------------------------
PETITORIO
1.   Reconocimiento de la personería en el carácter invocado.------------
2.   Constitución de domicilios en los lugares señalados.------------------
3.   Tener por presentada la Medida Cautelar planteada por la Sra. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, contra el Sr. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.-------------
4.   Ordenar el Secuestro del rodado individualizado como: Automóvil, Marca Hyunday, Modelo
Getz, Año de Fabricación 000000, Color 000000, con Chasis Nº 000000000000000, Matrícula XXX 000, por ser de estricta justicia, y al efecto de su cumplimiento librar el correspondiente mandamiento, comisionándose suficientemente a un Oficial de Justicia para su diligenciamiento.-
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5.   Ordenar el desglose y devolución de los documentos originales presentados, previa autenticación de las correspondientes fotocopias por parte del actuario, con expresa constancia en autos.----------------------------------------------------
6.   Protesto imposición de costas a la accionada.---------------------------
SERÁ JUSTICIA 

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