domingo, 23 de septiembre de 2018

LEY N° 5016 NACIONAL DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Capítulo Unico 
Disposiciones generales
Artículo 1°.- Alcance de la Ley. Las disposiciones de la presente Ley serán aplicables en toda la República. Las normas departamentales y municipales deberán ajustarse a lo que ella dispone sobre la materia.
Artículo 2°.- Objeto de la Ley. La presente Ley tiene por objeto:
a) Proteger la vida humana y la integridad física de las personas en el tránsito terrestre;
b) Preservar la funcionalidad del tránsito, los valores patrimoniales públicos y privados vinculados al mismo, y el medio ambiente circundante; y,
c) Contribuir a la preservación del orden y la seguridad pública.
Artículo 3°.- Materia Legislada. La presente Ley regula el tránsito vehicular y peatonal; así como la seguridad vial. Sus disposiciones abarcan:

LEY N° 5.322 QUE ESTABLECE EL ESTATUTO DEL FUTBOLISTA PROFESIONAL


EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1.° La naturaleza de la relación jurídica que vincula los Clubes Deportivos con los que se dediquen a la práctica del fútbol profesional, es un contrato de trabajo deportivo, que se regirá por las disposiciones de la presente ley, por el contrato que las partes suscriban. Subsidiariamente se aplicarán las disposiciones laborales que resulten compatibles y las de las convenciones individuales y colectivas que se celebren. 
Artículo 2.° Habrá contrato válido a los fines de la presente ley cuando una parte se obligue por tiempo determinado a jugar al fútbol, integrando equipos de una entidad deportiva y esta a acordarle por ello una retribución en dinero. Son partes en el contrato:

miércoles, 19 de septiembre de 2018

DEMANDA ORDINARIA DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS


OBJETO: PROMOVER DEMANDA ORDINARIA DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS

SEÑOR JUEZ:

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, por derecho propio y bajo patrocinio de Profesional de Abogadoa, constituyendo mi domicilio real en la casa de la calle XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, que es también la de mis abogados  patrocinantes, ante V.S.  me presento y respetuosamente digo:--
Que, por el presente escrito vengo en tiempo y forma, y conforme a lo estipulado en los Arts. 715, 719, 726 y, especialmente, el 725, del C.C., que preceptúa: “En los contratos bilaterales, el incumplimiento por una de las partes autoriza a la que no sea responsable de él, a pedir la ejecución del contrato, o su resolución con los daños e intereses, o ambas cosas. Demandada la resolución, ya no podrá pedirse el cumplimiento, pero después de reclamado éste, podrá exigirse aquélla”, vengo a promover juicio ordinario de Resolución de Contrato e Indemnización de Daños y Perjuicios contra el señor XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX,