martes, 18 de diciembre de 2018

Acta de Constitución de Sociedad



TITULO I. DENOMINACIÓN, DOMICILIO DURACIÓN.

ARTICULO PRIMERO: Queda constituida una entidad de carácter Comercial, bajo la denominación de “……………..” SOCIEDAD ANÓNIMA.
ARTICULO SEGUNDO: La Sociedad tendrá su domicilio legal en Ciudad del Este, Alto Parana, República del Paraguay, pudiendo el Directorio constituir Agencias y Sucursales, o cualquier tipo de representaciones en el país o en el extranjero en cuyo caso se considerará allí domiciliada al efecto del cumplimiento de sus obligaciones contraídas (Art. 95 C.C.P), sin que por ello se entienda modificado este Estatuto.

ARTICULO TERCERO: El plazo de duración de la Sociedad es de ……………. (…..) años a partir de la fecha de inscripción de este Estatuto en los Registros Públicos correspondientes.
TITULO II. OBJETO SOCIAL.

lunes, 10 de diciembre de 2018

CESIÓN DE DERECHOS Y ACCIONES SOBRE JUICIO EJECUTIVO (Expediente)


En Ciudad del Este, República del Paraguay, a los xx días del mes de xxxxxxx del 2.0xx, ante mí escribano autorizante, comparece por una parte los señores xxxxxxxxxxxxxxxx, nacionalidad xxxxxxxxx, mayor de edad, estado civil casado, de profesión  Comerciante, con C.I.N° xxxxxxx, domiciliado en la Ciudad de  xxxxxxxxxxxxxx, quien se denomina en adelante el cedente ; y xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, de nacionalidad xxxxxxxxxxxx, mayor de edad, estado civil Casado, con C.I.N° xxxxxxxxxxxxxx, domiciliado en Paraná Country Club de xxxxxxxxxxxxxxx, quien se denomina en adelante el cesionario. Las personas nombradas son de nacionalidad xxxxxxxxxxxx, mayores de edad, hábiles para contratar de común acuerdo; y convienen a celebrar el presente contrato privado de VENTA DE CESIÓN DE DERECHOS Y ACCIONES SOBRE UN JUICIO EJECUTIVO (LITIGIOSO), conforme a las siguientes clausulas:--
PRIMERA:  El señor xxxxxxxxxxxxxxxx en representación de la Empresa Denominada ¨xxxxxxxxxxxxx¨ S.A.C.I., por medio de este acto vende y transfiere A TITULO ONEROSO todos sus DERECHOS Y ACCIONES QUE LE CORRESPONDE O PUDIEREN CORRESPONDERLE en el Juicio Ejecutivo CARATULADO:

Ley Nº 3239 DE LOS RECURSOS HIDRICOS DEL PARAGUAY

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
CAPITULO I
OBJETIVO
Artículo 1°.- La presente Ley tiene por objeto regular la gestión sustentable e integral de todas las aguas y los territorios que la producen, cualquiera sea su ubicación, estado físico o su ocurrencia natural dentro del territorio paraguayo, con el fin de hacerla social, económica y ambientalmente sustentable para las personas que habitan el territorio de la República del Paraguay. 
CAPITULO II
PRINCIPIOS